¿Cómo proceder para instalar un punto de recarga en un garaje comunitario?
El auge de los vehículos sostenibles ha hecho que, cada vez más, se plantee la necesidad de instalar un punto de recarga en el garaje comunitario. Pero antes de proceder, es necesario completar una serie de pasos establecidos por la ley entre los que se encuentra informar a la comunidad de vecinos.
A continuación, te explicamos todo lo que tienes que hacer si quieres poner un punto de carga para tu coche eléctrico.
¿Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal?
La Ley de Propiedad Horizontal (LPH), en su artículo 17.5, establece que: “La instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento del edificio, siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje, solo requerirá la comunicación previa a la comunidad. El coste de dicha instalación y el consumo de electricidad correspondiente serán asumidos íntegramente por el o los interesados directos en la misma”.
Por lo tanto, no es necesario llegar a un acuerdo ni contar con la aprobación de la comunidad de propietarios para instalar el punto de carga. Basta con que el interesado lo comunique por escrito y asuma los costes de obra.
Sin embargo, sí es necesaria la autorización del resto de propietarios si la conexión de la derivación se realiza a un contador de la comunidad ya que, de este modo, se estaría alterando un elemento común.
La ley también dota a la comunidad del poder de fijar normas de régimen interno para establecer criterios comunes en los trazados de las canalizaciones.
¿A quién debo comunicar que quiero instalar un punto de recarga en mi plaza de garaje?
Como hemos visto, el interesado en instalar un punto de carga en su plaza de garaje debe informar a la comunidad de vecinos presentando un documento escrito ante el presidente. Se deberá adjuntar la memoria técnica o proyecto de instalación donde se detalle el trazado que va a seguir la canalización del cableado. Esto debe hacerse, al menos, 30 días antes del inicio de la obra.
Si para la instalación se alteran elementos comunes o queremos que el cargador se sitúe fuera de los límites de la plaza, entonces será necesaria la autorización de la comunidad que deberá aprobarlo por doble mayoría.
¿Cómo asumir el coste de electricidad?
La normativa contempla la posibilidad de instalar un cable desde el contador de la vivienda hasta el garaje. De este modo, en una sola factura tendrás los gastos de energía de la vivienda y el vehículo.
Si esto no es posible, tendrás que solicitar la instalación de un nuevo punto de suministro y un nuevo contador. Por lo tanto, recibirás dos facturas diferentes.
De una forma u otra, todos los gastos debe asumirlos el dueño del punto de carga.
¿Qué ocurre si mi plaza de garaje es alquilada?
Los propietarios de coches eléctricos con plazas de garaje alquiladas también tienen la posibilidad de instalar un punto de carga. Aunque, en este caso, es necesario consultar al propietario de la misma.
Si tenemos el visto bueno del arrendatario, podremos instalar el punto de carga aunque deberemos asumir nosotros todos los gastos así como los costes de luz asociados.
Legalización de la instalación.
Tras la instalación del punto de carga en el garaje comunitario es necesario obtener el Boletín o Certificado de Instalación Eléctrico (CIE). El instalador suele encargarse de este trámite.
También, dependiendo de la comunidad autónoma, puede ser que sea obligatorio presentar más documentación.
Hay que añadir que, por lo general, en las viviendas de nueva construcción suele haber preinstalaciones de puntos de carga en los garajes. Por lo tanto, resulta mucho más fácil proceder a la instalación.