Subcomunidad de propietarios: Qué es, cómo funciona y cuándo se crea
En muchas comunidades de vecinos, especialmente en edificios grandes o complejos residenciales con varias zonas o portales, surgen necesidades específicas que no afectan a todos los propietarios por igual. Por eso, en estos casos, puede ser útil constituir lo que se conoce como una subcomunidad de propietarios.
Pero, ¿qué es una subcomunidad? ¿Tiene personalidad jurídica propia? ¿Puede tener su propio administrador? Y lo más importante: ¿cuándo conviene crear una?
A continuación te explicamos qué es una subcomunidad de propietarios, cómo funciona, qué implicaciones legales tiene y en qué situaciones es útil o necesaria.
¿Qué es una subcomunidad de propietarios?
Una subcomunidad de propietarios es una agrupación dentro de una comunidad general, formada por un conjunto de propietarios que comparten determinados elementos, servicios o gastos comunes que no afectan por igual al resto de vecinos.
La subcomunidad actúa como una unidad organizativa propia, con capacidad para gestionar sus intereses internos, siempre dentro del marco general de la comunidad principal.
Es importante entender que no se trata de una comunidad independiente, sino de una estructura subsidiaria que convive con la comunidad matriz.
¿Qué dice la ley sobre las subcomunidades?
La Ley de Propiedad Horizontal no menciona expresamente el término «subcomunidad», pero sí contempla en su artículo 2 la posibilidad de crear comunidades sujetas a un régimen de propiedad horizontal que, a su vez, formen parte de una más amplia.
Este artículo establece que se aplicarán las normas de la Ley “a las subcomunidades existentes dentro de un conjunto inmobiliario”, lo que da validez legal a su existencia y funcionamiento.
También es común que las subcomunidades estén reconocidas en el título constitutivo o en los estatutos de la comunidad, donde se detallan sus competencias, servicios comunes y reglas específicas.
¿Cuándo se crea una subcomunidad de propietarios?
La creación de una subcomunidad de propietarios suele darse en edificios o conjuntos inmobiliarios con características específicas, como por ejemplo:
1. Complejos con varias fases o bloques independientes
En urbanizaciones con diferentes bloques, portales o zonas claramente diferenciadas, cada uno puede constituirse como subcomunidad para gestionar sus propios gastos (ascensores, portales, iluminación, limpieza…).
2. Servicios exclusivos para ciertos propietarios
Cuando un grupo de viviendas disfruta de servicios que no usa el resto (por ejemplo, un patio interior, una piscina de uso restringido o un garaje específico), pueden organizarse como subcomunidad para gestionar y sufragar esos gastos.
3. Divisiones jurídicas dentro de complejos grandes
En algunos casos, se crean subcomunidades por razones fiscales, administrativas o jurídicas, especialmente cuando se trata de promociones inmobiliarias en distintas fases o con diferentes usos (residencial, oficinas, comercial).
¿Cómo funciona una subcomunidad de propietarios?
Aunque está integrada dentro de la comunidad general, la subcomunidad tiene una organización propia:<
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- Presidente/a y junta: la subcomunidad puede elegir su propio presidente, celebrar juntas y tomar decisiones relativas a su funcionamiento.
- Presupuesto y gastos propios: se gestionan de forma independiente, estableciendo cuotas específicas solo para los propietarios que forman parte de ella.
Administrador: puede tener su propio administrador de fincas, aunque en muchos casos se comparte con la comunidad general.
Eso sí, la subcomunidad no puede tomar decisiones que afecten al conjunto del edificio o del complejo, ni contradecir los estatutos de la comunidad general.
¿Qué diferencias hay entre una comunidad y una subcomunidad?
La principal diferencia es que la comunidad general agrupa a todos los propietarios del conjunto inmobiliario, mientras que la subcomunidad representa solo a un grupo de ellos.
Es decir:
- La comunidad general se ocupa de los elementos comunes generales: fachada, estructura, cubiertas, instalaciones generales, jardines comunes, etc.
- La subcomunidad se encarga de los elementos comunes particulares: ascensores de un solo portal, escaleras internas, iluminación del bloque, garajes concretos…
Además, un mismo propietario puede pertenecer a varias subcomunidades a la vez; por ejemplo, si tiene una vivienda, una plaza de garaje y un trastero.
¿Cómo se crean las subcomunidades?
La creación de una subcomunidad debe estar prevista en el título constitutivo o ser aprobada mediante acuerdo comunitario. En este segundo caso, se requiere:
- La aprobación en junta de propietarios de la comunidad general
- Que el acuerdo se tome con una mayoría cualificada (3/5), ya que implica una modificación organizativa importante.
- Inscripción en el Registro de la Propiedad, si se desea dotarla de plena eficacia jurídica frente a terceros.
También debe redactarse un reglamento interno o estatuto propio que defina el funcionamiento de la subcomunidad, su régimen económico y sus órganos de gobierno.
Ventajas de una subcomunidad de propietarios
Crear una subcomunidad puede tener múltiples beneficios:
- Mayor control sobre los gastos específicos.
- Gestión más ágil de los elementos particulares.
- Mayor autonomía en decisiones que no afectan a toda la comunidad.
- Transparencia en el reparto de costes.
- Evita conflictos con propietarios no afectados por ciertos servicios o instalaciones.
Eso sí, requiere una buena coordinación con la comunidad general y una clara delimitación de competencias.
En definitiva, una subcomunidad de propietarios es una fórmula legal y útil para organizar la gestión de elementos comunes específicos dentro de comunidades más grandes o complejas
Para constituir una subcomunidad de forma correcta, es fundamental contar con un administrador de fincas cualificado y, en muchos casos, con el asesoramiento de un abogado especializado en propiedad horizontal, especialmente si se van a modificar los estatutos o inscribir la subcomunidad en el Registro de la Propiedad