¿Qué es un contrato de administrador de fincas y qué debe incluir?
Cuando una comunidad de propietarios decide contratar a un profesional para gestionar sus asuntos cotidianos, lo habitual es formalizar esa relación mediante un contrato de administrador de fincas.
Este documento es fundamental para establecer con claridad las funciones, condiciones y responsabilidades del administrador.
A continuación, te explicamos qué es un contrato de administrador de fincas, por qué es importante firmarlo, qué debe incluir obligatoriamente y qué aspectos conviene revisar antes de rubricarlo.
¿Qué es el contrato de administrador de fincas?
El contrato con un administrador de fincas es un acuerdo privado firmado entre la comunidad de propietarios (representada por su presidente) y el profesional que prestará los servicios de administración, ya sea una persona física o una empresa especializada.
Aunque la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) no exige expresamente la existencia de un contrato por escrito, es altamente recomendable formalizarlo. Ya que un contrato bien redactado evita conflictos, aclara expectativas y protege tanto a la comunidad como al administrador.
¿Por qué es importante firmar un contrato?
Muchas comunidades cometen el error de empezar a trabajar con un administrador sin firmar ningún documento. Esto puede dar lugar a problemas como:
- Dudas sobre las funciones reales del administrador.
- Conflictos en relación con los honorarios.
- Falta de claridad sobre la duración del encargo o su renovación.
- Dificultades para cesar al profesional si no cumple con lo esperado.
Firmar un contrato con el administrador de fincas ayuda a establecer reglas claras desde el inicio, ofrece mayor seguridad jurídica y permite exigir responsabilidades en caso de incumplimiento.
¿Qué debe incluir un contrato de administrador de fincas?
Un buen contrato debe detallar de forma precisa las condiciones del servicio. Estos los elementos esenciales que debe incluir:
1. Identificación de las partes.
Debe quedar constancia de quiénes firman el contrato:
- Por un lado, el presidente de la comunidad, actuando en nombre de todos los propietarios.
- Por otro, el administrador de fincas o la empresa encargada de la gestión.
Se deben incluir nombres completos, DNI o CIF, direcciones y otros datos identificativos relevantes.
2. Duración del contrato.
Es importante establecer la duración del encargo. Lo habitual es que el contrato tenga una duración anual, con posibilidad de renovación tácita si no se comunica lo contrario dentro de un plazo determinado.
También debe especificarse el procedimiento para la renovación o cese anticipado, así como si existe preaviso obligatorio por alguna de las partes.
3. Funciones y obligaciones del administrador.
Aquí se debe detallar el alcance de los servicios incluidos, que normalmente abarcan:
- Convocar y asistir a las juntas.
- Ejecutar los acuerdos adoptados.
- Llevar la contabilidad y custodiar la documentación.
- Gestionar pagos y cobros.
- Atender incidencias, obras y reparaciones.
- Representar a la comunidad ante organismos públicos o proveedores.
Es muy recomendable especificar también qué servicios no están incluidos o cuáles se considerarían extras con coste adicional (por ejemplo, trámites judiciales, servicios legales o gestiones no habituales).
4. Honorarios y forma de pago.
El contrato debe recoger con claridad el importe de los honorarios, indicando si se trata de una tarifa mensual, trimestral o anual.
También debe especificar:
- Qué servicios están incluidos en ese importe.
- Cómo y cuándo se factura.
- Posibles actualizaciones de precio.
5. Confidencialidad y protección de datos.
Dado que el administrador manejará datos personales de los propietarios, el contrato debe incluir una cláusula de confidencialidad y establecer que el profesional cumplirá con la normativa de protección de datos.
Además, es habitual que el administrador actúe como encargado del tratamiento de los datos de la comunidad, por lo que debe firmarse el correspondiente anexo de protección de datos.
6. Responsabilidad y seguros.
Otro punto importante es aclarar qué ocurre en caso de errores o negligencias por parte del administrador. Muchos profesionales cuentan con un seguro de responsabilidad civil, que debe constar en el contrato con su número de póliza y compañía aseguradora.
Esto ofrece tranquilidad a la comunidad en caso de que se produzca un perjuicio económico derivado de una mala gestión.
7. Resolución del contrato.
El contrato debe prever cómo se puede resolver la relación contractual, tanto al finalizar el plazo como por causas justificadas. Se debe indicar:
- Plazo de preaviso necesario.
- Procedimiento para la entrega de la documentación.
- Cláusulas de penalización (si las hay) en caso de incumplimiento.
¿Puede la comunidad modificar el contrato en el futuro?
Sí. Las condiciones del contrato con el administrador de fincas pueden modificarse por mutuo acuerdo entre las partes. Cualquier cambio debe quedar reflejado por escrito, ya sea mediante una adenda al contrato original o firmando un nuevo documento.
En ningún caso el administrador puede modificar unilateralmente sus honorarios o condiciones sin el acuerdo de la junta de propietarios.
En definitiva, el contrato de administrador de fincas es un documento fundamental para garantizar una relación profesional clara y segura entre la comunidad y el gestor.
Si tu comunidad va a contratar o renovar a un administrador, asegúrate de revisar bien el contrato, comparar presupuestos y, ante cualquier duda, consultar con un abogado especializado en comunidades de propietarios.