¿Puede una comunidad de vecinos alquilar zonas comunes?
¿Puede una comunidad de vecinos alquilar zonas comunes?
La respuesta corta es que sí, el arrendamiento de zonas comunes de una Comunidad de Propietarios está permitido por ley. El alquiler de elementos comunes está regulado por la Ley de Propiedad Horizontal en su artículo 17.3.
Así, la comunidad puede generar ingresos extras, reducir la cuota que aporta cada propietario u obtener un rendimiento económico a nivel individual.
Sin embargo, para proceder con el arrendamiento hay que cumplir una serie de requisitos que mencionamos a continuación.
¿Qué zonas comunes se pueden alquilar en una comunidad?
La Ley de Propiedad Horizontal establece que el arrendamiento debe aprobarse por mayoría cualificada (es decir, unas tres quintas partes) sobre los elementos comunes que no tengan asignado un uso específico en el inmueble.
Por lo tanto, si hacemos una interpretación explícita de lo que dice la ley, no sería posible alquilar un local destinado a las reuniones de vecinos o la vivienda del portero, por ejemplo, ya que tiene un uso específico.
Sin embargo, el Tribunal Supremo interpreta esto de una manera más flexible y, según la jurisprudencia, el arrendamiento de zonas comunes con uso específico es posible cuando la actividad que se va a desarrollar no sea incompatible con el mismo.
Ideas de zonas comunes que se suelen alquilar en comunidades.
A continuación, mencionamos un listado de zonas comunes que se pueden alquilar en las comunidades de propietarios.
Arrendamiento de la fachada.
La fachada de una comunidad se suele alquilar con fines publicitarios y dejar que instalen una lona o pancarta en la misma. Esto es posible, sobre todo, en edificios con ubicaciones interesantes como puede ser, por ejemplo, la Gran Vía de Madrid.
Arrendamiento de locales, viviendas y plazas de garaje.
El alquiler de zonas comunes como locales comerciales, plazas de garaje o la vivienda del portero (habitual en comunidades antiguas) supone una oportunidad para las comunidades que quieran generar ingresos extra.
Alquiler de instalaciones deportivas y recreativas.
Las pistas de pádel o de tenis son elementos muy atractivos para alquilar por horas. Eso sí, es necesario llevar un control de las reservas y de los ingresos obtenidos a cambio.
Alquilar la azotea para instalaciones de telecomunicaciones.
El alquiler de la azotea para instalaciones de telecomunicaciones es habitual pero es importante contar con los permisos del Ayuntamiento. Además, es necesario que la mayoría cualificada vote a favor y, en algunos casos, la unanimidad de todos los vecinos.
¿Qué condiciones tiene el alquiler de las zonas comunes?
Para poder proceder al arrendamiento de zonas comunes de la comunidad, es necesario:
- Aprobarse en junta ordinaria o extraordinaria de propietarios con los votos a favor de la mayoría cualificada (3/5).
- Si se aprueba el acuerdo, el Presidente de la Comunidad deberá proceder a tramitar el alquiler y firmar el contrato.
¿Cómo se declaran estos ingresos? ¿Hay que pagar impuestos?
Aunque las comunidades de vecinos están exentas de declarar impuestos, este ingreso no se puede quedar sin declarar. Por lo tanto, los benefactores son los propietarios de la vivienda y los que deben incluir este incremento económico en su declaración de la renta individual. La cantidad a declarar dependerá del coeficiente de participación en la finca.
La comunidad de propietarios o el administrador de fincas serán los responsables de comunicar a hacienda los ingresos de cada propietario y las retenciones calculadas según su coeficiente de participación.